Donación de mercancías en caso de desastres naturales
En caso de desastres naturales, puedes solicitar la autorización para importar mercancía de procedencia extranjera sin el pago de los impuestos al comercio exterior a través del correo electrónico donacionesxdesastre@sat.gob.mx. Debes tener en cuenta que la mercancía tiene que ser donada al fisco federal y destinada a la federación, las entidades federativas, los municipios, demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y sus órganos desconcentrados u organismos descentralizados, los organismos internacionales de los que méxico sea miembro de pleno derecho, siempre que los fines para los que dichos organismos fueron creados correspondan a las actividades para lo que dichos organismos fueron creados correspondan a las actividades por las que se puede obtener autorización para recibir donativos deducibles del ISR y no estar sujeta al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias.
¿Quiénes lo presentan?
El donatario
Costo
Trámite gratuito
¿Cuándo se presenta?
A más tardar dentro de los 3 meses posteriores de ocurrido el desastre natural.
Fundamento Legal
- Ley Aduanera artículo 61, fracción XVII.
- Regla 3.3.16 de las Reglas Generales de Comercio Exterior.
- Ficha de trámite 72/LA del Anexo 1-A.
- Envía tu solicitud de donación por desastres naturales al correo electrónico donacionesdelextranjero@sat.gob.mx
- Espera la respuesta a tu solicitud.
Información adicional
Para presentar tu solicitud debes:
1. Manifestar bajo protesta de decir verdad, mediante escrito libre, en términos de la regla 1.2.2. lo siguiente:
a) El nombre y RFC del donatario, así como el nombre y domicilio del donante en el extranjero.
b) La representación legal de la dependencia, órgano u organismo público solicitante, para lo cual deberá adjuntarse en documento digital, copia del nombramiento oficial, o bien, la carta de comisión en la que se autorice para recibir las mercancías, así como una identificación oficial en la que se observe nombre y firma, la cual debe coincidir con la firma autógrafa de la solicitud que presentes ante la Administración Central de Normatividad en Comercio Exterior y Aduanal.
c) La aduana y fecha de ingreso de las mercancías objeto de donación.
d) El listado de mercancías que deseen recibir en donación, para la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido, vivienda, educación, protección civil, o salud, las cuales no deberán estar sujetas al cumplimiento de alguna regulación y restricción no arancelaria.
El listado deberá especificar la cantidad, la unidad de medida comercial según la LIGIE y la descripción de la mercancía, uso y función, de ser posible, los elementos que ilustren y describan de manera detallada las características físicas y técnicas, en forma cuantitativa y cualitativa de las mismas, así como su materia constitutiva.
e) Que el donante es el legítimo propietario de las mercancías.
f) Tratándose de los vehículos enlistados en las fracciones II y VII de la regla 3.3.16 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, deberá presentar el título de propiedad que acredite la legal propiedad de las mercancías.
g) El compromiso expreso de la no comercialización de las mercancías objeto de la donación.
h) Especifica el desastre natural al que se donarán las mercancías, así como, los lugares donde se destinará, incluyendo el plan de distribución correspondiente.
2. Así mismo, debes adjuntar al escrito de solicitud un archivo en Excel en el que se desglose la información detallada en el inciso d)
El procedimiento que debes considerar es el siguiente:
- Debes enviar tu solicitud a través del correo electrónico donacionesxdesastre@sat.gob.mx, dirigido a la ACNCEA y cumplir con lo previsto en la ficha de trámite 72/LA.
- Autorizada la donación sin el pago de los impuestos al comercio exterior, la ACNCEA dará aviso de la introducción de la mercancía a la aduana de ingreso señalada por el donatario.
- En caso de que no se cumpla con lo previsto en la ficha de trámite 72/LA, la ACNCEA comunicará el rechazo y el interesado puede presentar una nueva solicitud.
- No puedes introducir a territorio nacional mercancías que se encuentren sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias y cuya descripción o cantidad no coincida con las autorizadas por la ACNCEA.
- La información y documentación a que se refiere la presente regla, así como la ficha de trámite 72/LA, con las cuales se autorizó la donación, deben ponerse a disposición de la autoridad aduanera a requerimiento de la misma, para efectos de su competencia e incluso, para cotejo.
Documentos que obtienes
- Correo electrónico de respuesta a la solicitud.